top

República Dominicana

FAQs de Recursos Humanos

BDO Ortega no se hace responsable de la información sumistrada en este apartado.

Hay 4 entradas en la Preguntas.
Pág: 1

Preguntas:

1. ¿Es obligatorio afiliarse a una Administradora de Fondo de Pensiones? Cuánto es el aporte del empleado a las AFP?
2. ¿Cuántos días de licencia le corresponden a un trabajador?
3. ¿Debe la empresa descontar los días de licencia médica de mi salario?
4. ¿Puede la empresa descontar el preaviso a un trabajador?

Preguntas y Respuestas
1. ¿Es obligatorio afiliarse a una Administradora de Fondo de Pensiones? Cuánto es el aporte del empleado a las AFP?

Es obligatorio para toda persona que reciba un salario a partir de RD$4,900.00 mensuales y hasta 20 salarios mínimos nacional, a menos que al momento de haber entrado en vigencia la prestación del servicio del Seguro de Riesgos Laborales del Régimen Contributivo (marzo 2004) el empleado tuviera cumplidos 45 ó más años de edad.  El porcentaje del salario a aportar, tanto del empleado como del empleador será un 10%, el cual se está realizando de manera escalonada como sigue:

 

  Jun Jun Jun Jun Jun
Aportes 2003 2004 2005 2006 2007
Empleado 5.92 2.13 2.28 2.58 2.88
Empleador 1.98 5.37 5.72 4.42 7.12
Total 7.0% 7.5% 8.0% 9.0% 10.0%
2. ¿Cuántos días de licencia le corresponden a un trabajador?
El empleador está obligado a conceder al trabajador 5 días con disfrute de salario, con motivo de la celebración del matrimonio de éste; 3 días, en los casos de fallecimiento de cualquiera de sus abuelos, padres e hijos, o de su compañera,  y 2 días para el caso de alumbramiento de la esposa o de la compañera debidamente registrada en la empresa.
3. ¿Debe la empresa descontar los días de licencia médica de mi salario?
De acuerdo al Artículo 50 del código de trabajo, durante la suspensión de los efectos del contrato de trabajo, el trabajador queda liberado de prestar sus servicios y el empleador de pagar la retribución convenida, salvo disposición contraria de la ley, el convenio colectivo de condiciones de trabajo o el contrato.
4. ¿Puede la empresa descontar el preaviso a un trabajador?
La parte que omita el preaviso o lo otorgue de modo insuficiente debe pagar a la otra una indemnización sustitutiva, equivalente a la remuneración que correspondería al trabajador durante los plazos señalados por el artículo 76 del código de trabajo; por esto, si el empleado ejerce su derecho al desahucio y no otorga a la empresa el aviso previo a la empresa, ésta tiene el derecho de descontar el mismo de la remuneración que tenga el empleado pendiente.